miércoles, 1 de febrero de 2012

Retrocedimos, por los legisladores hombres que derogaron violencia contra mujer...


La Ley de Seguridad Ciudadana 1453/11 en su artículo 108 reformó el artículo 74 del Código de Procedimiento Penal, retrocediendo, al establecer como querellable el delito violencia intrafamiliar, lo que quiere decir que se puede desistir de la denuncia y no continuar la accion penal, administrativa o civil y la debe accionar la propia victima y no de oficio de las autoridades, que hipocrecia, los legisladores hombres cuando no estan pendientes las mujeres, nos meten micos, para autoprotegersen; a donde la protección de los derechos de las mujeres y niñas?

Según cifras reveladas por las entidades, 69.713 mujeres son víctimas de violencia intrafamiliar, lo que representa el 78% de los casos conocidos por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, de acuerdo con el Informe Forensis 2010. La causa principal es la violencia de pareja, con 51.182 casos.

 “La derogatoria de la Ley 1142 del 2007, que de manera expresa establecía la violencia intrafamiliar como delito no querellable, coloca a las mujeres del país en una especial situación de desprotección, ya que la iniciación de la investigación penal está sujeta al consentimiento de las mismas y, en alguna forma, supone un retroceso a la protección especializada que el legislador brinda a través de la Ley 1257 del 2008, conocida como la Ley de no violencia contra la mujer”, dice Ministerio Publico.

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