viernes, 3 de junio de 2011

Por la ETB: las y los INDIGNADOS DEBEMOS SER TODXS

Si el movimiento español Democracia Real Ya, identificado también como "los indignados", constituye tan sólo el más reciente de una cadena de manifestaciones populares que se han apoderado del norte de África, Medio Oriente, Europa e incluso, parte de Estados Unidos. Porque estamos Inmóviles???

Se ha anunciado por parte del Gobierno Nacional que la Alcaldesa Ad hoc  Maria Cristina Plazas Michelsen procedería a presentar un proyecto de acuerdo, en 8 días para la venta de la propiedad pública de Bogotá D.C. en la Empresa de Telecomunicaciones, todo ello mientras se dilata la designación del (a) Alcalde (sa) que a nombre del PDA debería determinar en breve el Presidente Santos.



Quienes conocieron el lesivo proyecto de acuerdo, dicen que se trataría de una SUBASTA  siguiendo la Ley 226 de 1995  de privatizaciones.


Aun con la existencia de irregularidades, por ejemplo no se previó en el Plan de Desarrollo la venta de E.T.B. ni  el destino de los recursos.
Es también irregular el nombramiento de la  alcaldesa ad hoc, además de los asuntos éticos dado el origen de su poder capital y su controvertida familia.


Que nos queda? La movilización social y política la que defienda el PATRIMONIO PÚBLICO representado en la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá E.T.B.
Inician los debates extras en el Concejo  y será la ciudadanía? nosotras las primeras afectadas, al perder los colegios ETB, Servicio medico y Club vacacional pero también el empleo y el patrimonio publico vamos A defender nuestro bien público.

A la calle JUVENTUD....

Nos motiva que el PDA haya radicado (2 junio) en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes una demanda por el presunto delito de prevaricato por acción contra el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, por la violación de las normas legales en la designación de la Ministra de Educación, María Fernanda Campo, como Alcaldesa encargada de la ciudad de Bogotá y de la doctora María Cristina Plazas, secretaria del Consejo de Ministros, como Alcaldesa Ad hoc.

En efecto, el Artículo 51 del Decreto 1421 de 1993 establece que “El Presidente de la República suspenderá al Alcalde Mayor cuando así lo soliciten el Procurador General de la Nación, un juez de la República o cualquier otra autoridad facultada para ello por la ley, y designará su reemplazo temporal conforme a las previsiones de este decreto”.

Dichas previsiones están contenidas en el Artículo 52 del mismo decreto, cuyo texto dice: “En todos los casos es que corresponda al Presidente de la República designar el reemplazo del Alcalde Mayor, deberá escoger a una persona que pertenezca al mismo partido o movimiento político del titular.”

De otra parte, el Artículo 106 de la Ley 136 de 1994, establece que “El Presidente de la República, en relación con el Distrito Capital de Santafé de Bogotá y los Gobernadores con respecto a los demás municipios, para los casos de falta absoluta o suspensión designarán Alcalde del mismo movimiento y filiación política del titular, de terna que para el efecto presente el movimiento al cual pertenezca en el momento de la elección.

Si la falta fuere temporal, excepto la suspensión, el Alcalde encargará de sus funciones a uno de los secretarios o quien haga sus veces. Si no pudiese hacerlo, el secretario de gobierno o único del lugar asumirá las funciones mientras el titular se reintegra o encarga a uno de sus secretarios”.

De acuerdo con el concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, “el segundo inciso del Artículo 106 de la Ley 136 de 1994 descarta expresamente la figura del encargo, como medio de reemplazo del Alcalde del Distrito Capital, cuando la falta temporal de este tenga origen en la suspensión”.

Lo anterior quiere decir que el Presidente de la República, a la luz de las disposiciones legales pertinentes, no puede nombrar Alcaldesa “encargada” ni Ad hoc y que “en todos los casos” en que le corresponda designar el reemplazo debe escoger una persona del mismo partido del titular, de manera que ha violado la ley por partida doble, cuando, dada su investidura, debería dar ejemplo de respeto a la Constitución y a las leyes del país.
Gracias Senadora y compañera Gloria Ines Ramirez!!!!